01Cómo funciona en CDMX
- Están obligados los establecimientos de mediano y alto riesgo según el 'Cuestionario Clasificatorio de nivel de riesgo', que pide m² de construcción, aforo y actividad. Los de bajo riesgo no registran PIPC, pero deben tener extintores, botiquín, señalización de rutas de evacuación, personal capacitado y un directorio de emergencias (Ley art. 64).
- Plazo: hasta 120 días naturales desde la apertura para registrar el PIPC por medio de un ROPC (Reglamento art. 39). La Secretaría registra en un máximo de 10 días hábiles después de concluida la captura (Ley art. 63).
- Según los Términos de Referencia de 2024, varios giros (por ejemplo corporativos, gimnasios y billares) con menos de 250 m² construidos y/o aforo menor a 100 personas no siguen los TR de establecimientos. Las oficinas con aforo menor a 100 tampoco.
02Datos oficiales
- Nombre oficial
- Registro del Programa Interno de Protección Civil (PIPC) en la Plataforma Digital (la Secretaría emite la Constancia de Registro).
- Autoridad
- Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México (SGIRPC). La Alcaldía puede pedir que se le muestre la documentación.
- Dónde se tramita
- Plataforma Digital para el Ingreso de Programas Internos de Protección Civil: tramites.cdmx.gob.mx/proteccion-civil-programas-… (el público entra con Llave CDMX; los Responsables Oficiales de Protección Civil, ROPC, con su registro).
- Vigencia
- Establecimientos mercantiles de mediano y alto riesgo: 5 años. Establecimientos industriales de mediano y alto riesgo: 2 años (Ley art. 58, texto con reforma del 28 de abril de 2023). Se revalida dentro de los 30 días naturales previos al vencimiento. La vigencia depende de mantener al día los documentos que vencen, como la póliza y el Visto Bueno (Reglamento art. 40).
- Marco legal
- Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México y su Reglamento. Para establecimientos aplican los Términos de Referencia TR-SGIRPC-PIPC-EST-002-3-2024.
03Requisitos
- Lo elabora y lo captura en la Plataforma Digital un Responsable Oficial de Protección Civil (ROPC) con registro ante la Secretaría (Ley art. 63; Reglamento art. 40).
- Carta de corresponsabilidad y carta de responsabilidad firmadas por el ROPC y por el titular, representante legal o poseedor (Reglamento art. 40 BIS).
- Póliza de seguro de responsabilidad civil y daños a terceros que indique el giro, el domicilio y la vigencia.
- Constancia de Seguridad Estructural emitida por un Corresponsable en Seguridad Estructural, y Visto Bueno de Seguridad y Operación (TR 6.6 y 6.7).
- Dictamen técnico sobre prevención de incendios cuando aplique, más brigadas capacitadas y simulacros según las Normas Técnicas de la SGIRPC.
- Ejemplar físico del PIPC en el establecimiento, idéntico al capturado en la plataforma y con la Constancia de Registro anexa.
Lista orientativa con base en fuentes oficiales, revisada en octubre de 2026. ¿Necesitas también licencia de funcionamiento o uso de suelo? Consulta la guía de CDMX en licenciasdefuncionamiento.com.mx.
04Preguntas frecuentes
¿Quién registra el programa interno en CDMX?
Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México (SGIRPC). La Alcaldía puede pedir que se le muestre la documentación.
¿Qué vigencia tiene en CDMX?
Establecimientos mercantiles de mediano y alto riesgo: 5 años. Establecimientos industriales de mediano y alto riesgo: 2 años (Ley art. 58, texto con reforma del 28 de abril de 2023). Se revalida dentro de los 30 días naturales previos al vencimiento. La vigencia depende de mantener al día los documentos que vencen, como la póliza y el Visto Bueno (Reglamento art. 40).
¿Pueden hacerlo por nosotros en CDMX?
Sí. Atendemos en todo México. Si además tienes sucursales en otros estados, gestionamos todas y las controlas en un solo panel de PaperworkLab.
05Fuentes oficiales
- tramites.cdmx.gob.mx/proteccion-civil-programas-internos/public
- paot.org.mx/centro/leyes/df/pdf/2023/LEY_GEST_RIESGO_PROTECC_CIVIL_CDMX_28_04_2023.pdf
- paot.org.mx/centro/reglamentos/df/pdf/2023/RGTO_LEY_GEST_INT_RIES_PROT_CIVIL_15_12_2023.pdf
- proteccioncivil.cdmx.gob.mx/storage/app/uploads/public/665/fa9/22c/665fa922c53e0031579541.pdf
- scjn.gob.mx/sites/default/files/sintesis_dof_gocdmx/documento/2024-01/GOCDMX 15122023 SÍNTESIS BIS.pdf
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