Estado · Aguascalientes

Protección civil en Aguascalientes

Te explicamos quién lo pide, qué requisitos tiene y cada cuánto se actualiza.

01Cómo funciona en Aguascalientes

  • Municipio de Aguascalientes: los titulares de licencias reglamentadas o especiales deben integrar una Unidad Interna de Protección Civil, elaborar un programa interno autorizado por la Coordinación Municipal y capacitar a su personal al menos una vez al año con un consultor o empresa capacitadora registrada (art. 9). El programa debe estar autorizado antes de la apertura (art. 111).
  • Estatal: el trámite incluye una inspección de medidas de seguridad en el inmueble. El plazo máximo es de 60 días naturales a partir del día hábil siguiente a la solicitud, con 5 días hábiles para prevenir al solicitante. Municipal: el visto bueno del programa se resuelve en un máximo de 20 días hábiles y la constancia de condiciones de seguridad en 5 días hábiles.
  • La Coordinación Municipal puede expedir la constancia de manera condicionada, con un máximo de 30 días hábiles para cumplir la medida pendiente; si no se cumple, puede revocarla (art. 57).

02Datos oficiales

Nombre oficial
Estatal: 'Revisión del Programa Interno de Protección Civil' (EDO-SEGGOB-11; nombre ciudadano: Aprobación del Programa Interno de Protección Civil). Municipio de Aguascalientes: 'Visto Bueno de Programa Interno de Protección Civil y Plan Operativo' (AGS-HAYU-32) y 'Constancia de Visto Bueno de Condiciones de Seguridad, Equipamiento, Señalización y Autorización de Programa Interno y Plan de Emergencias' (AGS-HAYU-40). Jesús María: 'Evaluación del Programa Interno y Programas Específicos' (JMA-SHA-11).
Autoridad
Estatal: Coordinación Estatal de Protección Civil, Secretaría General de Gobierno. Municipio de Aguascalientes: Coordinación Municipal de Protección Civil, Bomberos y Atención Médica Pre-Hospitalaria, adscrita a la Secretaría del H. Ayuntamiento y Dirección General de Gobierno. Jesús María: Departamento de Protección Civil de la Secretaría del H. Ayuntamiento.
Dónde se tramita
Estatal: en línea por el Expediente Digital del Gobierno del Estado (expedientedigital.aguascalientes.gob.mx/Expedien…) o en persona en Blvd. a Zacatecas 111, planta alta, Col. Industrial. Municipio de Aguascalientes: en persona en la Coordinación Municipal de Protección Civil (Av. Tecnológico 308, Ex Ejido Ojocaliente) o en el CAM (Av. Adolfo López Mateos 214, Zona Centro).
Vigencia
1 año en todos los casos. La aprobación estatal, el visto bueno municipal del programa interno y la constancia de condiciones de seguridad del municipio de Aguascalientes tienen vigencia de 1 año, y el Reglamento municipal establece renovación anual (art. 111). El programa debe actualizarse cuando cambie el giro o la tecnología de la empresa, o cuando el inmueble tenga modificaciones sustanciales (art. 139).
Marco legal
Ley General de Protección Civil (arts. 39 y 40); Ley de Protección Civil para el Estado de Aguascalientes (arts. 5 y 69); Reglamento de la Ley de Protección Civil para el Estado de Aguascalientes (arts. 89 y 90); Ley del Procedimiento Administrativo del Estado de Aguascalientes (art. 24); Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Aguascalientes (Periódico Oficial del Estado, 24 de octubre de 2022), arts. 9, 56 a 58, 107, 111 y 139 a 143; Guía Técnica para la Elaboración e Instrumentación del Programa Interno de Protección Civil.

03Requisitos

  1. Programa interno impreso y elaborado conforme a la Guía Técnica para la Elaboración e Instrumentación del Programa Interno de Protección Civil, con oficio de solicitud firmado por el representante legal.
  2. Estatal: dictamen estructural de perito con registro vigente y dictamen eléctrico de perito especializado o unidad de verificación; dictamen de gas L.P. si hay tanque estacionario y dictamen de red contra incendios si existe.
  3. Estatal: constancias de capacitación emitidas por capacitadores con registro vigente ante la Coordinación, y carta de corresponsabilidad del consultor que elaboró el programa.
  4. Estatal: documento de uso de suelo y licencia comercial expedidos por el Ayuntamiento, y Constancia de Situación Fiscal con antigüedad no mayor a tres meses.
  5. Municipio de Aguascalientes: acta de condiciones de seguridad y, cuando la Coordinación lo requiera, peritajes estructural, eléctrico y de gas, evidencia de simulacros, acta de la Unidad Interna de Protección Civil con constancias de capacitación y cartas de responsabilidad y corresponsabilidad (art. 140 del Reglamento municipal).

Lista orientativa con base en fuentes oficiales, revisada en octubre de 2026. ¿Necesitas también licencia de funcionamiento o uso de suelo? Consulta la guía de Aguascalientes en licenciasdefuncionamiento.com.mx.

04Preguntas frecuentes

¿Quién registra el programa interno en Aguascalientes?

Estatal: Coordinación Estatal de Protección Civil, Secretaría General de Gobierno. Municipio de Aguascalientes: Coordinación Municipal de Protección Civil, Bomberos y Atención Médica Pre-Hospitalaria, adscrita a la Secretaría del H. Ayuntamiento y Dirección General de Gobierno. Jesús María: Departamento de Protección Civil de la Secretaría del H. Ayuntamiento.

¿Qué vigencia tiene en Aguascalientes?

1 año en todos los casos. La aprobación estatal, el visto bueno municipal del programa interno y la constancia de condiciones de seguridad del municipio de Aguascalientes tienen vigencia de 1 año, y el Reglamento municipal establece renovación anual (art. 111). El programa debe actualizarse cuando cambie el giro o la tecnología de la empresa, o cuando el inmueble tenga modificaciones sustanciales (art. 139).

¿Pueden hacerlo por nosotros en Aguascalientes?

Sí. Atendemos en todo México. Si además tienes sucursales en otros estados, gestionamos todas y las controlas en un solo panel de PaperworkLab.

05Fuentes oficiales

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